Nueva normativa de tráfico, ¿cómo te afectará?

tráfico de coches en carretera

La nueva normativa de tráfico, aprobada por el gobierno, tiene el objetivo de reducir un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes. Estará enfocada a los comportamientos seguros al volante, la movilidad urbana y personal, y el acceso al permiso de conducción. ¿Cómo te afectará la normativa? A continuación, lo detallamos.

· La sanción por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil aumenta de 3 a 6 puntos.

· La detracción de puntos por no utilizar los elementos de protección (cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco, …) aumenta de 3 a 4 puntos. Además se añade el mal uso de estos elementos como causa de sanción.

· Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros será una “infracción grave”. Supondrá una multa de 500 euros y la pérdida de 3 puntos.

· En los adelantamientos a otros vehículos, queda suprimida la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan superar en 20 km/h el límite de velocidad.

· Queda introducida la posibilidad de recuperar 2 puntos del carné por la realización de los cursos de conducción segura certificados por la DGT.

· Para recuperar el saldo inicial de puntos, de forma unificada, deberá transcurrir un plazo de dos años.

· Nueva infracción muy grave: cometer fraude en los exámenes de conducir con dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción será de 500 euros y 6 meses sin poder presentarse al examen.

· Permiso a las empresas de transporte de personas y mercancías par acceder a un registro online de conductores. De esta manera, podrán conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no.

 

Movilidad urbana

Con la nueva normativa de tráfico, la redefinición de los límites generales de velocidad en vías urbanas queda de la siguiente manera:

· 20 km/h, en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.

· 30 km/h, en vías de un único carril por sentido de circulación.

· 50 km/h, igual que ahora, en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

Los límites no se aplicarán hasta pasados 6 meses de la publicación de este proyecto en el BOE, para un correcto conocimiento de todos los ciudadanos.

 

Movilidad personal

Excluyendo los vehículos para personas con movilidad reducida, con la nueva normativa de tráfico queda prohibida la circulación por aceras y por las zonas peatonales de los vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos. También queda restringida en vías interurbanas, travesías, autopista y autovías. Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos.

 

Normativa de tráfico: acceso al permiso de conducción

· Reducción de la edad mínima exigible para conducir camiones a 18 años.

· Edad mínima exigible para conducir autocares a 18 años, sólo sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km. Podrán llevar pasajeros a partir de 21 años.

· Ampliación de 3.500 a 4.250 Kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B para el transporte de mercancías.

· Especificación de los equipos de protección obligatorios para los aspirantes a las pruebas de destreza y circulación en los permisos de moto.

· En determinados casos y previa valoración médica, se autorizará el acceso a los permisos de conducción de camiones y autobuses a personas con problemas asociados al sistema locomotor.

Fuente: DGT

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